martes, 26 de mayo de 2020

TrotaVirus en Fase II Real Federación

Si el arbitro ya ha pitado...

Acabo de leer el BOE, lo referente a las "Condiciones en las que debe desarrollarse la actividad deportiva", según lo cuál y en lo que me afecta, creo que tengo claro y quiero dejar claro, que practicar deporte no profesional, ni federado, también es posible en según que zonas, y siguiendo las normas de Sanidad aplicables en la Fase en la que estamos en Murcia.


 A continuación, copio y publico el Artículo 39, del capítulo IX publicado en el BOE sobre las "Condiciones en las que debe desarrollarse la actividad deportiva"

Artículo 39. Entrenamiento básico en ligas no profesionales federadas

1. Los deportistas integrados en clubes participantes en ligas no profesionales podrán realizar entrenamientos de carácter básico, dirigidos a una modalidad deportiva específica, de manera individual y cumpliendo con las correspondientes medidas de prevención e higiene. A los efectos de lo previsto en esta orden, se entenderá por entrenamiento de carácter básico el entrenamiento individualizado, adaptado a las especiales necesidades de cada modalidad deportiva, desarrollado en los centros de entrenamiento de que dispongan los clubes o en otro tipo de instalaciones que se encuentren abiertas al público.

2. Los entrenamientos básicos de estos deportistas se desarrollarán cumpliendo estrictamente las medidas de prevención e higiene establecidas por las autoridades sanitarias frente al COVID-19 relativas al mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros, lavado de manos, uso de instalaciones, protecciones sanitarias, y todas aquellas relativas a la protección de los deportistas y personal auxiliar de la instalación.

3. La federación deportiva correspondiente emitirá la debida acreditación a los deportistas integrados en ella, considerándose, a estos efectos, la licencia deportiva suficiente acreditación.

 

Según lo cual, ahora mismo podemos solicitar en cualquiera de los Ayuntamientos de la Región de Murcia, la apertura y puesta a disposición de los deportistas para retomar el entrenamiento básico en ligas no profesionales federadas... otra cosa bien diferente es que nos lo concedan...por aquello del famoso Artículo 33 y tal...




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